Maria Chappuis

Análisis y Comentarios

La teoría de “Los Beverly Ricos”

Para los que no vieron esta serie la trama giraba sobre situaciones cómicas de una modesta familia de agricultores que pasan a vivir a una mansión californiana después de que apareciera petróleo a borbotones en medio de su pequeño fundo.

Al parecer el recuerdo del final feliz de esta serie está en boga. Enrique Ghersi, Carlos Adrianzen, Gonzalo Zegarra pregonan que si los agricultores fueran dueños de las riquezas del subsuelo, adiós conflictos sociales.

Pero esta teoría no es tan cierta. Hace más de quince años, las empresas mineras alquilan para sus exploraciones y compran los terrenos (cuando deciden que explotarán el yacimiento) que cubren sus operaciones porque así lo exigen las aprobaciones ambientales (“contar con la autorización del propietario del terreno superficial”). La minería siempre ha pagado valores que han estado muy por encima de lo que puede calificarse como “valor de mercado”. Recuerdo que en Cajamarca se estaba pagando por una hectárea lo mismo que por un área similar en terrenos agrícolas de primera en Cañete; y por una pequeña choza más de US$ 50 mil, en Cusco. La razón es muy simple: la minera no puede decir “este terreno está muy caro me voy a otro sitio”.

Pero el problema no es el precio sino que la mayoría de veces las mineras tienen que comprar el mismo terreno más de 3 veces: al posesionario, a otro posesionario que alega superpone al posesionario, a un “vivo” que nadie sabe cómo inscribió la propiedad en Sunarp “resucitando” una partida de 1920; y en algunos casos a los herederos del propietario expropiado durante la reforma agraria, a quién no le pagan hasta hoy los bonos, que amenaza con anular todo el proceso, porque las tierras fueron expropiadas y adjudicadas a una comunidad para destinarla a fines agropecuarios y éstos se la han vendido a una minera.
Esta precariedad de los títulos que se observa en la sierra ocurre también en la costa donde como no llueve, el valor del terreno se mantiene si recibe o no agua de canales. Si pierde el acceso al agua en cantidad suficiente, y en el momento adecuado; el terreno vuelve a su valor de “terreno desértico”, o sea cero. Aquí nace la desesperación de los agricultores del valle del río Tambo.

No tiene nada que ver si Southern compró o no los terrenos que cubren “La Tapada” o “Tía María”. Porque los conflictos no son con los propietarios de los terrenos superficiales, porque la minera es la propietaria de los mismos hace tiempo, sino con los vecinos que están a varios kilómetros de la futura mina, que se sienten atemorizados de perder sus provisiones de agua. Por esta razón las ONGs anti mineras dicen que defienden los “territorios” de las comunidades.

Las industrias extractivas tienen códigos muy serios que regulan los programas de reasentamiento voluntario. Por ejemplo en el proyecto La Granja (Cajamarca), la minera Cambior, compró tierras y sus propietarios emigraron hacia distintas localidades. Posteriormente, este yacimiento pasó a propiedad de BHP, que como concluyó que no desarrollaría el proyecto, salió a buscar a los antiguos propietarios, y los ayudó a volver a La Granja. En esta iniciativa gastó US$15 millones.

En resumen, el título de concesión minera se expide con numerosas restricciones, entre ellas el no-acceso al terreno superficial. Es imperioso que en nuestro país tengamos un catastro de propiedades rurales impecable; antes de pensar en cambiar la Constitución para que el propietario del terreno superficial sea dueño de los recursos mineros del subsuelo. En el caso de terrenos agrícolas, este título debe estar referido a un derecho de agua. En tanto esto suceda, es preciso que la Autoridad Nacional del Agua supervise mejor a las Juntas de Usuarios de los valles de la costa.

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